| Apertura establecimientos comerciales en 2008 |
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| 14.01.2008 | |
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Según información del Gobierno de La Rioja, estos serán las fechas de apertura al público de establecimientos comerciales en domingos y festivos durante 2008. Períodos de Rebajas:
1.-Establecimientos que tendrán plena libertad para determinar los días y horas en que permanecerán abiertos al público (Artículo 19.5 y 19.7 de la Ley 3/2005, de 14 de marzo, de Ordenación de la Actividad Comercial y las Actividades Feriales de la Comunidad Autónoma de La Rioja a) Establecimientos dedicados principalmente a la venta de pastelería y repostería, pan, platos preparados, prensa, combustibles y carburantes, floristerías y plantas, y las denominadas tiendas de conveniencia, así como las instaladas en estaciones de transporte y en zonas y municipios de gran afluencia turística. b) Establecimientos de venta de reducida dimensión distintos de los anteriores, que dispongan de una superficie útil para la exposición y venta al público inferior a 300 metros cuadrados, excluidos los pertenecientes a empresas o grupos de distribución que no tengan la consideración de pequeña y mediana empresa según la legislación vigente o que operen bajo el mismo nombre comercial de dichos grupos o empresas. 2.-Domingos y festivos hábiles comercialmente: Se establece en ocho el número de domingos y festivos en que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público, con un horario máximo de 12 horas diarias, durante el año 2008, sin perjuicio del régimen especial de horarios que tienen los establecimientos arriba indicados. - 13 de enero (primer domingo de rebajas de invierno) - 20 de marzo (acumulación o proximidad de festivos) - 4 de mayo (primer domingo de mes y proximidad a festivo) - 8 de junio (acumulación o proximidad de festivos, fiestas de San Bernabé) - 6 de julio (primer domingo de rebajas de verano) - 6 de diciembre (acumulación o proximidad de festivos) - 21 de diciembre (proximidad de festivos, fiestas de Navidad) - 28 de diciembre (proximidad de festivos, fiestas de Navidad) 3.- Períodos de ventas en rebajas Los periodos en que los establecimientos podrán realizar la actividad de ventas en rebajas para el año 2008, como mínimo de una semana y como máximo de dos meses, son: - Rebajas de invierno: del 7 de enero al 6 de marzo - Rebajas de verano: del 1 de julio al 31 de agosto La actividad de venta de venta en rebajas se realizará de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3/2005, de 14 de marzo, y, en concreto, se respetará la regulación que de la venta en rebajas se contiene en los artículos 41 a 44 y 48 a 51 de la citada Ley. |






